Código Sustantivo del Trabajo Artículo 446. Forma de la huelga

Cumplidos los procedimientos previos de arreglo directo y conciliación, si el sindicato o grupo de trabajadores no sindicalizados declare la huelga, ésta debe efectuarse en forma ordenada y pacífica.

En el Siguiente botón vas a encontrar todos los artículos actualizados del Código Sustantivo del Trabajo en Colombia

Scroll al inicio