Hay un porcentaje designado específicamente a los intereses de cesantías y cada empleador debe respetarlo y pagarlo. El total es sobre la tasa del equivalente al 12% anual, y en la excepción de que el trabajador en cuestión tenga un tiempo menor a eso laborando, se saca una proporción justa según cálculos.
Sin embargo, hay todo un procedimiento, términos e incluso condiciones que son factores influyentes y decisivos para hacer estos pagos. Se debe sacar un aproximado según lo ganado en el periodo anual, y se debe apegar a el artículo 99 de la ley 50 del 1990.
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Liquidación de intereses sobre cesantías
Para poder sacar la liquidación de intereses sobre cesantías también existen diversos aspectos a considerar. Pues bien, este porcentaje se toma en base al saldo acumulado de las cesantías que en ese momento tenga el trabajador.
Con eso en mente, todo el total que esté disponible bajo ese concepto se toma, y es ahí cuando se aplica el 12%. Es decir, independientemente de que sean años laborales o tan solo algunos meses, lo que entra en este monto total es la proporción exacta de lo guardado hasta el momento de la transacción.
Un ejemplo más claro de estos pasos es el que observamos a continuación:
Al señor José le corresponde su liquidación, estuvo laborando de forma continua en la empresa. Para poder calcular el monto que le corresponde, su jefe el señor Pedro, hace el cálculo de esta forma: cesantías acumuladas x días laborales activos x 0.12/ 360= arrojando el total a pagar.
¿Cómo calcular los intereses de las cesantías?
Siguiendo con el mismo orden de ideas, para calcular los intereses de cesantías se toman en cuenta los siguientes datos:
- Total de cesantías acumuladas: lo que implica el valor total disponible de estas en la fecha de corte.
- Días totales a liquidar: aquí entra una contabilidad minuciosa de todos los días que la persona beneficiada estuvo en la compañía.
- Tasa a pagar: se convierten a números decimales es decir, al 0.12.
- Los días del año que son laborales activos: o lo que figura como el número 360.
Un punto a considerar es que el último concepto que mencionamos siempre será el mismo. Por lo tanto, cualquier porcentaje o total a pagar se diligencia sobre 360.
Te recomendamos utilizar nuestra calculadora de intereses de cesantías.
¿A quién le corresponde el pago de intereses sobre cesantías?
Tras haber analizado todos los puntos relevantes sobre el pago de intereses sobre cesantías, también debemos aclarar quien recibe esta bonificación. Ahora bien, esta remuneración si se le debe hacer llegar directamente al empleado solicitante.
Por lo tanto, llegamos a la clara conclusión de que cuando se hagan estos pagos, van directamente a la cuenta bancaria del trabajador. Y por supuesto, va junto con el salario correspondiente al mes de curso en ese momento.
Punto a aclarar
Para evitar confusiones, los intereses sobre cesantías se diligencian de forma distinta a las cesantías como tal. Desde la forma en la que se efectúan, hasta el mismismo total a pagar y el destino.