Contrato de aprendizaje

caracteristicas del contrato de aprendizaje

¿Sabes que es un contrato de aprendizaje? En líneas generales se trata de un acuerdo laboral pensado para estudiantes. Estos se aplican si en su carrera requieren hacer prácticas, ya sea para cumplir un requisito exigido o para adquirir experiencia.

Eso sí, siempre y cuando la empresa que les dé la oportunidad esté vinculada o sea del mismo nicho de trabajo que el pasante necesita. Todo esto para completar las etapas finales de la carrera y que esta persona pueda graduarse posteriormente.

¿Cuáles son las características de un contrato de aprendizaje?

Primero, un contrato de aprendizaje es un derecho que ha proporcionado la legislación laboral colombiana. Este le brinda la oportunidad a estudiantes del SENA y cualquier otra institución educativa, de experimentar la forma práctica de lo que han analizado. No se constituye como una relación laboral.

Algunas características sobresalientes son las siguientes: 

  • Los pasantes reciben una remuneración, pero esta no es un “pago”, si no, un apoyo económico.
  • El código sustantivo del trabajo no son aplicativos en este caso.
  • Debe establecerse por escrito y llevar la firma del empleador y del aprendiz.

Modelo del contrato de aprendizaje

El modelo o estructura por el cual se rige es respetando lo estipulado en el artículo 32 de la ley 789 que se estableció en el 2002. Partiendo de ahí, las empresas que tienen una nómina mayor a 15 trabajadores deben ofrecer esas prácticas. 

Para que puedas visualizar mejor, descarga el modelo de contrato de aprendizaje del SENA. Allí podrás observar todas las cláusulas y términos presentados para este acuerdo. 

¿Cuánto dura este periodo de aprendizaje?

Dejándonos guiar por lo que menciona el artículo 30 de la misma columna reglamentaria antes mencionada, máximo puede durar 24 meses. Este periodo puede ser continuo o no. 

Además, no puede renovarse. Es decir, una vez culminadas las prácticas no se puede volver a firmar, ni siquiera con otra empresa. Excepto que esté pasante decida emprender otra carrera que requiera prácticas, pero en otro campo laboral. 

¿Por qué no se puede renovar?

No es lo ideal analizando el origen y objetivo del mismo. No tiene lógica que luego de haber culminado la experiencia y habiendo reunido los requisitos necesarios, vuelva a repetirse todo el proceso. Eso sería desviarse de la meta que coloca la empresa y la institución académica a la que apoya. 

Es decir, si se ha diseñado un programa de 1 año, dos o el tiempo que se estipula es ese mismo lapso el que el aprendiz debe cumplir. No menos, porque no lograría el objetivo, ni más porque sobrepasa lo señalado y no sería validado. 

¿Cómo se determina el apoyo económico que se proporciona?

Esto depende del nivel que esté cursando el estudiante. Es decir, solo hay dos factores decisivos y son las siguientes fases por las cuales debe pasar el individuo:

  • Si se encuentra en fase selectiva: le corresponde un 50% del salario mínimo.
  • Periodo de fase práctica: el nivel avanzado, le corresponde más de la mitad del salario, entre el 75%.

Por otra parte, durante el tiempo que duren las pasantías, la empresa que ha decidido patrocinar, debe afiliar a la persona al seguro social. Pero esto ocurre por etapas, en la primera solo a salud y en la segunda a riesgos laborales. Y es la compañía quien se ve en la obligación de hacer todo ese papeleo. 

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