IBL Ingreso a la Base de Liquidación

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El IBL se usa para liquidar la pensión en Colpensiones. Para saber su valor se toma el promedio de los últimos 10 años cotizados o de toda la vida laboral y actualizarlos con el IPC. 

IBL: promedio de los últimos 10 años

Según lo señala el primer inciso del artículo 21 de la ley 100 de 1993, se entiende que el ingreso base para liquidar las pensiones es el promedio de los salarios que ha cotizado la persona afiliada durante los 10 años anteriores a que se le empezara a reconocer la pensión. 

Esta norma se refiere al promedio de los salarios o renta sobre los cuales ha cotizado la fila durante los 10 años anteriores al reconocimiento de su pensión. Es decir, no a 10 años calendario sino a los últimos 10 años cotizados.

Esto es porque algunas personas dejan de cotizar durante meses o incluso años y luego vuelven a cotizar. Por esto, los últimos 10 años cotizados puede que no sean los mismos 10 años calendario.

IBL: promedio de toda la vida laboral

Aunque la regla general es que el ingreso base de liquidación de la pensión se determina con el promedio de los últimos 10 años cotizados, el inciso segundo del artículo 21 de la ley 100, contempla la posibilidad de que el IBL termine con el promedio de toda la vida laboral siempre y cuando el empleado haya cotizado como mínimo, 1250 semanas. 

En otras palabras, si el IBL determinado con base al promedio de toda la vida laboral resulta superior al nivel determinado con el promedio de los últimos 10 años cotizados, la persona afiliada tendrá el derecho a pensionarse con el primero, o se tomará el IBL que resulte superior.

Actualizar el IBL 

El método para indemnizar el IBL más utilizado por Colpensiones, es actualizar cada uno de los salarios cotizados desde el primero hasta el último. 

Como cada salario cotizado puede tener un valor diferente, la forma correcta es indexarlo individualmente. Para actualizar el salario se debe multiplicar por el resultado de dividir el IPC actual entre el IPC inicial: 

VA igual a VH X (IPC Actual entre IPC Inicial), donde: 

  • VA: salario que se debe actualizar.
  • VH: salario actualizado o indexado.
  • IPC Actual: es el IPC al día en que se hace la liquidación.
  • IPC inicial: es el IPC  de la fecha en que se cotizó el salario objeto de indexación. 

Debe repetirse el mismo procedimiento con cada uno de los meses y luego sumar el total de meses actualizado. El resultado se dividirá entre el número de meses actualizado para hallar el promedio. El resultado final es IBL que se utilizará para liquidar la primera pensión.

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