Código Sustantivo del Trabajo Artículo 481. Celebración y efectos

Los pactos entre empleadores y trabajadores no sindicalizados se rigen por las disposiciones establecidas en los Títulos II y III, Capítulo I, Parte Segunda del Código Sustantivo del Trabajo, pero solamente son aplicables a quienes los hayan suscrito o adhieran posteriormente a ellos.

CAPITULO III. CONTRATOS SINDICALES.

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