Código Sustantivo del Trabajo Artículo 346. Norma general

<Derogado por el artículo 35 de la Ley 75 de 1986.>
Texto original del Código Sustantivo del Trabajo:

ARTICULO 346. NORMA GENERAL. Las sumas que reciban los trabajadores por concepto de prestaciones sociales están exentas de todo impuesto.

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