¿Qué es el sistema general de riesgos laborales?

objetivo del sistema general de riesgos laborales

El sistema de seguridad social en Colombia tiene como uno de sus componentes el Sistema General de Riesgos Laborales «S.G.R.L». Su objetivo es cubrir los riesgos a los que se expone todo empleado sea asalariado o independiente.

El S.G.R.L 

El S.G.R.L se entiende como el conjunto de entidades públicas y privadas, normas y procedimientos que previenen, protegen y atienden a los trabajadores de los accidentes o enfermedades que pueden ocurrir como consecuencia del trabajo que desempeñan.

La ley 776 de 2002 y la ley 1562 de 2012 en Colombia, regula los riesgos laborales establecidos en el sistema general de riesgos laborales. 

¿Cuál es el objetivo del sistema general de riesgos laborales? 

Este tiene como objetivo establecer las actividades de prevención de accidentes en el área de trabajo y también mejorar las condiciones de salud que puedan afectar la salud individual o colectiva en los lugares de trabajo. También busca fijar las prestaciones de atención de salud de los trabajadores y las prestaciones económicas por incapacidad temporal, por contingencias de accidentes de trabajo y enfermedad laboral. 

También busca reconocer y pagar a los afiliados las prestaciones económicas por incapacidad permanente parcial o por invalidez, derivadas de la contingencia de accidente de trabajo o enfermedad laboral. Y fortalecer el control de los agentes de riesgos laborales. 

Derechos y deberes de las personas afiliadas al S.G.R.L 

Tanto los derechos y deberes de los empleadores y los empleados afiliados al sistema general de riesgos laborales se establecen en el decreto ley 1295 de 1994, en el artículo 24: 

  • Debe pagarse la totalidad de la cotización de los empleados a su servicio.
  • El monto de las cotizaciones debe trasladarse a la entidad administradora de riesgos laborales correspondiente.
  • Procurar el cuidado integral de la salud de los empleados y de los ambientes laborales.
  • Programar y ejecutar el cumplimiento del programa de salud ocupacional y su financiación.
  • Notificar a la entidad administradora a la que esté afiliado los accidentes de trabajo y las enfermedades laborales. 
  • Capacitar a los trabajadores a su cargo en materia de salud ocupacional y programas de promoción y prevención a cargo de las administradoras de riesgos laborales. 
  • Debe informar de forma oportuna las novedades laborales de sus trabajadores a la entidad administradora de riesgos laborales a la que esté afiliado. 

En cuánto las obligaciones de los trabajadores, la citada ley en el artículo 22 menciona lo siguiente:

  • Procurar el cuidado integral de su salud. 
  • Suministrar información completa y veraz de su estado de salud. 
  • Colaborar con el cumplimiento de dichas obligaciones establecidas en el decreto.
  • Cumplir con los reglamentos e instrucciones del SG-SST de la empresa en la que trabaja y asistir a los programas de promoción y prevención por las administradoras de riesgos laborales. 
  • Participar en la prevención de riesgos laborales por medio de los comités paritarios de salud ocupacional.
  • Aquellos pensionados por invalidez por riesgo laborales deben mantener actualizada la información de su domicilio, teléfono y otros datos que sirven para realizar visitas de reconocimiento.
  • Aquellos pensionados por invalidez por riesgos laborales deben informar a la entidad administradora de riesgos laborales correspondientes en el momento en el cual se modifique o desaparezca la causa por la cual se le otorgó la pensión. 

El sistema de derechos laborales está ministrado por las aseguradoras de riesgos laborales a las que debe estar afiliado todo trabajador. 

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