El salario base que se debe tomar para calcular o liquidar la prima por servicios, son todos los pagos que recibe el trabajador en el respectivo período a liquidar.
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¿Qué pagos se incluyen en la base para liquidar la prima?
Debe incluirse toda remuneración que se le otorgue al trabajador, y que no constituya parte de su salario ya sea por la naturaleza del pago o por acuerdo entre las partes.
Así que debe incluirse el valor recibido por concepto de horas extras, recargos nocturnos, días festivos y dominicales y pago por comisiones. Se debe incluir también los pagos recibidos en especie.
La ley también dispone que, aunque el auxilio de transporte no constituye parte del salario, también se debe incluir en el cálculo de la prima de servicios.
¿Cómo se calcula la prima cuando el salario es variable?
Si un trabajador tiene un sueldo variable en el semestre a liquidarse, se debe determinar el ingreso promedio obtenido por el trabajador durante ese semestre.
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La prima se liquida cada 6 meses, el 30 de junio y el 20 de diciembre. Para ello es necesario promediar lo devengado por el trabajador en el respectivo semestre. Y si el trabajador ha estado vinculado por menos tiempo, debe promediarse los meses que corresponden.
Ejemplo de cómo liquidar la prima de servicios
Supongamos que un trabajador tiene un sueldo básico de 2.000.000, y ha trabajado desde enero, por lo tanto se le debe liquidar la prima el 30 de junio.
Mes | Total remuneración |
---|---|
Enero | 2.360.000 |
Febrero | 2.158.000 |
Marzo | 2.040.000 |
Abril | 2.365.000 |
Mayo | 2.172.000 |
Junio | 2.000.000 |
Total en el semestre | 13.095.000 |
Promedio mensual | 2.182.5000 |
Deben sumarse todos los pagos que se le otorgaron al trabajador en los primeros 6 meses. El resultado se dividirá entre 6 para determinar el salario base sobre el cual se va a liquidar la prima.
La fórmula correspondiente para calcular esto es la siguiente: (2.182.000 x 180)/360 = 1.091.250.
La prima de servicios se paga en el segundo semestre. Pero en vista de que se liquida el 20 de diciembre y el valor exacto que el trabajador devengará se conoce hasta el 31 de diciembre, puede ser necesario algún ajuste luego de liquidada.