Es lógico pensar que para definir si una persona es apta para desempeñar un papel en cualquier empresa, ésta deba pasar por un periodo de prueba. Con el objetivo de ver en acción las cualidades que este empleado en potencia tenga para la compañía.
También, es una forma de validar que todo lo que colocó en la hoja de vida es cierto y que si es capaz de ser eficaz en su trabajo. Todo esto para dar a conocer cuáles serían las tareas que se le asignaría, que se familiarice con el ambiente laboral y que se pueda evaluar.
¿Cómo se define el periodo de prueba?
El periodo de prueba se resume en un corto espacio de tiempo en el que el contratante le da una oportunidad al empleado de demostrar que califica para quedar activo en la empresa. Y ambas partes se comprometen a tomar una decisión justa ante lo demostrado.
Por otra parte, el contrato laboral no pasa a ser algo definitivo o seguro hasta que ese lapso de días culmine y se llegue a una conclusión. Y que se le dé la oportunidad a una persona de aplicar, no significa que por eso al final será contratada. Esto lo define únicamente el que ofrece la vacante en la empresa, y queda a su criterio.
Periodo de prueba en Colombia
En Colombia, el periodo de prueba no puede pasar de los dos meses. En algunos casos los jefes definen que puede ser menos tiempo, pero lo máximo permitido son esas 8 semanas. Transcurridos esos días se debe decidir si el que aplica se queda o no.
Y aunque se ofrece cierta flexibilidad para pautar esa cantidad, debe ser en un lapso en el que se puedan ver las destrezas de esta persona. Sin cortar la posibilidad que tenga para desenvolverse como corresponde, pero apegándose a la ley.
Periodo de prueba según el código sustantivo del trabajo
La normativa reglamentaria por la cual se rige el campo laboral, es solamente lo que dice la ley en el código sustantivo del trabajo. Para este caso en particular, aplica el artículo 78. En el que muy claramente estipula los tiempos permitidos bajo las circunstancias de los contratos.
Además, menciona que hay algunas circunstancias en las cuales se puede hacer una extensión de la duración del periodo de prueba. Pero recordamos, siempre y cuando no sobrepase la primera regla, es decir, el equivalente a lo que especificamos anteriormente.
¿Tiene derechos alguien que está en condición de prueba?
Por supuesto que sí, cuando el trabajador cumpla un mes de periodo de prueba se le debe pagar la nómina. Bajo las condiciones que sean, esta persona prestó un servicio activo para la empresa, y le corresponde retribución monetaria.
Además, la ley no menciona ninguna excepción que sea válida para que se les aplique a quienes están laborando así. No hay exclusiones ante esto, y tiene derecho a que se le pague por la labor que hizo.